¿Se debe informar sobre mítines o actos electorales a los que no tienen acceso los periodistas?
En su afán por controlar el relato y la imagen pública que proyectan, los estrategas de comunicación de los partidos políticos utilizan procedimientos cada vez más intrusivos; entre ellos, imponer restricciones al acceso a la información. Cada vez son más frecuentes las comparecencias de políticos en las que no se admiten preguntas o las declaraciones unilaterales sin posibilidad de interacción por parte del periodista. En periodos electorales, es frecuente que la cobertura se tenga que hacer a través de la señal que facilita el propio partido.
Vox ha llevado esta tendencia al extremo de vetar a determinados medios o periodistas en los actos de campaña. Ocurrió en las elecciones andaluzas de 2018, cuando impidió el acceso al hotel donde seguía el recuento electoral a periodistas de La Sexta y de CTXT; en las legislativas de diciembre de 2019, cuando negó las credenciales a los periodistas de El País y la Cadena SER durante la campaña y la noche electoral extendió también el veto a elDiario.es. Estos y otros medios fueron de nuevo vetados en la cumbre de partidos de extrema derecha que Vox organizó en Madrid en enero de 2022, a la que asistieron el primer ministro de Hungría, Viktor Orbán; el de Polonia, Mateusz Morawiecki, y la líder francesa Marine Le Pen, entre otros dirigentes europeos.
Estas restricciones no solo limitan la capacidad del periodismo para cumplir su función, sino que afectan gravemente a la libertad de información
Este tipo de restricciones son totalmente inaceptables, porque, como ha señalado la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) en diferentes ocasiones, no solo limitan la capacidad del periodismo para cumplir su función, sino que afectan gravemente a la libertad de información, al pluralismo político y a la calidad de la democracia. Dos de los medios vetados en la campaña de las legislativas de 2019, El País y la SER, pidieron amparo a la Junta Electoral Central (JEC) para que pusiera fin a la discriminación. El 8 de noviembre, la JEC dictó una resolución que obligaba a Vox a levantar el veto, alegando que no podía discriminar a ningún medio; pero la resolución no tuvo efectos prácticos, pues la campaña ya había terminado.
El pronunciamiento no impidió, sin embargo, que el partido volviera a impedir el acceso de varios medios a la sede electoral en la noche del 10 de noviembre, alegando que la sede del partido pertenecía a la esfera privada y, por lo tanto, podía ejercer el derecho de admisión. Los medios de Prisa y la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información en representación de elDiario.es, infoLibre y Público impugnaron el nuevo veto, si bien esta vez la JEC dio la razón a Vox al considerar que “los actos que las formaciones políticas celebran en sus sedes y otros espacios habilitados al efecto (…) no son propiamente actos de campaña ni podrían alterar el correcto desarrollo de las elecciones”. Entendía que, al tratarse de “eventos que se incardinan en la actividad ordinaria de los partidos políticos, están al margen de la supervisión de la Junta Electoral Central”.
El derecho a la información tiene, según el Supremo, “carácter preferente”
El Tribunal Supremo ratificó en abril de 2021 la primera resolución favorable a los medios y enmendó la segunda. El alto tribunal dejó claro que la exclusión “arbitraria” de determinados medios en actos electorales públicos constituye “un evidente menoscabo de las garantías de transparencia y objetividad del proceso electoral”. El derecho a la información tiene, según el Supremo, “carácter preferente” y no hay democracia posible sin “una opinión pública libre”. En cuanto a las competencias de la JEC, el Supremo afirma que es competente más allá de la campaña electoral propiamente dicha y especialmente la noche electoral. “Si el día de la votación cada partido político establece en su respectiva sede un régimen de admisión en forma de acreditaciones únicamente para aquellos medios a los que considere afines […], se pulverizan los principios de pluralismo e igualdad”, que son “valores superiores del ordenamiento jurídico”, sostiene.
Para el Supremo, el pluralismo es “inseparable del derecho fundamental a comunicar y recibir información veraz, pues contribuye a la formación de una opinión pública libre, elemento esencial de la democracia representativa”. “Los partidos políticos no pueden desentenderse del cumplimiento de tales principios”, añade, “sino que han de facilitar su respeto, ya que, además de expresar el pluralismo político, son un instrumento fundamental de la participación política de los ciudadanos, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular (…) y tienen una financiación esencialmente pública”. El Tribunal Supremo ha dejado muy clara la falta de legitimidad de esas restricciones, pues solo cuando se garantiza el “libre acceso” de los medios a los actos de campaña, pueden estos cumplir su función con “la proporcionalidad y neutralidad informativa” que exige el artículo 66.2 de la Loreg en periodo electoral.
Pero más allá de reclamar ante la justicia las garantías exigibles para el ejercicio profesional, se plantea cómo deben actuar los medios ante actos supuestamente informativos en los que se ha vetado su presencia o no se dan las condiciones idóneas para que puedan ejercer su labor, como ocurre en las comparecencias sin preguntas. Una de las propuestas que se ha formulado es un acuerdo entre los medios para no cubrir esos eventos. Una respuesta concertada podría, efectivamente, dejar sin efecto la estrategia que suele motivar las restricciones, cuya finalidad es lograr una difusión controlada de los mensajes que se quieren transmitir. No obstante, la experiencia demuestra que es prácticamente imposible lograr la unanimidad necesaria para que sea efectiva, y un boicot que funcione solo de forma parcial, por bloques ideológicos, lejos de contrarrestar el efecto deseado, lo que haría es favorecerlo.
El periodismo es solo el instrumento a través del cual los ciudadanos ejercen su derecho constitucional a recibir una información veraz
Cabe otro enfoque que no pone tanto el acento en los derechos de los profesionales, sino en los derechos de la ciudadanía. El periodismo es solo el instrumento a través del cual los ciudadanos ejercen su derecho constitucional a recibir una información veraz. Dejar de informar de algún acontecimiento para denunciar las dificultades o limitaciones que encuentren los periodistas implica privarles de ese derecho. Asimismo, en un ecosistema dominado por las redes sociales y con una multiplicidad de emisores, renunciar a la cobertura tampoco penaliza con una menor proyección pública a quienes vulneran ese derecho. Al contrario, les deja vía libre para comunicar sus mensajes solo a través de los canales propios o afines y sin el contrapeso de una cobertura crítica o distanciada. En estos casos, los medios y los periodistas afectados han de valorar la importancia que para los ciudadanos tiene que sigan informando de lo que ocurra en esos actos, y si lo estiman relevante, cubrir la información por los medios a su alcance, como en cualquier otra noticia en la que haya que superar obstáculos para acceder a las fuentes.
La reunión de partidos de extrema derecha organizada por Vox en Madrid es un ejemplo ilustrativo. Los lectores o espectadores de los medios vetados tienen derecho a conocer lo que allí se discutió. Cabe aplicar en este caso, por analogía, lo que muchos libros de estilo establecen en relación con las dificultades que pueden tener los periodistas para obtener una información. El criterio general es que esas dificultades no deben impedir que se informe y tampoco deben mencionarse en la información, salvo en aquellos casos en que sean una parte relevante de la noticia. Es evidente que en este caso, las trabas y exclusiones impuestas a los medios por Vox son un elemento significativo de la información, en la medida en que afectan a la libertad de prensa y caracterizan políticamente al partido que las impone. La misión del periodismo no se limita a reproducir lo que exponen los actores políticos, sino también a explicar lo que hacen.
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